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ARTICULO UNO:
Dentro de los treinta (30) días posteriores a la designación de la Comisión directiva, esta designará (no necesariamente de su seno) los integrantes de las Subcomisiones que a continuación se detallan y las que en el futuro se decidan formar. Cada Subcomisión se compondrá de la cantidad de miembros que se estime necesario, de los cuales por lo menos uno (1) deberá ser integrante de la Comisión Directiva. Las Subcomisiones desarrollarán sus tareas de acuerdo a las atribuciones que se establecen en este Reglamento y con las políticas que para cada caso fija la Comisión Directiva.
ARTICULO DOS - Superintendente de Cancha:
Son obligaciones de este:
a) El mantenimiento y conservación de las canchas.
b) El mantenimiento y conservación del equipamiento correspondiente. c) Proponer las mejoras que estime necesarias.
d) Coordinar con las Subcomisiones de Rugby y Hockey el uso de las canchas y estar supeditado a la Comisión Directiva y las autoridades del Colegio.
e) Dependerá directamente de la Comisión directiva.
ARTICULO TRES - Subcomisión de Rugby:
Son atribuciones y responsabilidades de esta Subcomisión la organización y control de lo relacionado con:
a) Vestuarios y lo inherente a los mismos.
b) Proponer a la Comisión Directiva la designación de un Capitán General de Rugby del Club y Delegado ante la U.A.R.
c) Designación de los entrenadores de equipos y preparadores físicos. Determinar las pautas para la elección de los capitanes de equipos. Establecer sus respectivas responsabilidades.
d) Velar por el comportamiento de los jugadores, dentro y fuera de la cancha. Los apercibimientos menores serán responsabilidad de la Subcomisión debiendo los mayores ser tratados conjuntamente con la Subcomisión de Disciplina.
e) Interpretación y aplicación de las reglamentaciones de este deporte y hacer cumplir las reglamentaciones de la U.A.R.
f) Establecer los medios para el normal cuidado y desarrollo del deporte, el uso de las canchas, velar por el buen uso del equipamiento, etc.
g) La designación de árbitros, cuando corresponda.
h) Velar por la correcta organización de giras, atención de jugadores, entrenadores de los equipos, etc.
i) La promoción de acercamiento al Club de jugadores infantiles y juveniles.
j) Intervenir en el aspecto social (cenas, fiestas, etc.) en lo concerniente a este deporte y reconocimiento a los jugadores que se destaquen en la actividad.
k) Proponer a la Comisión Directiva mejoras que considere conveniente a las canchas, instalaciones, equipos, etc.
l) Establecer si corresponde, los precios de entradas, estacionamiento, etc.
m) Presentar presupuestos para la contratación de preparadores físicos, equipamiento necesario, servicio médico, dentro de los treinta días de constituida.
n) Hacer aplicar las disposiciones que pueda establecer en su oportunidad, la Comisión Directiva.
o) Ayudar en el cumplimiento de la cobranza de las cuotas de rugby.
ARTICULO CUATRO - Subcomisión de Interior:
Son atribuciones y responsabilidades de esta Subcomisión:
a) Tomar las decisiones en lo referente al mantenimiento y conservación de los edificios sociales, sus instalaciones y equipos, jardines, playa de estacionamiento, veredas, etc.
b) El manejo del Comedor, Bar, Kiosco, Quincho, etc.
c) El cumplimiento de los contratos con el / los Concesionario / s.
d) Las tarifas de los servicios de Comedor y Bar que se cobren en el Club.
e) La cesión del uso de las instalaciones, tarifas, responsabilidades, etc.
f) Proponer a la Comisión Directiva mejoras o modificaciones que considere oportunas realizar en las instalaciones, equipamientos, etc.
g) El programa de actividades sociales del año, incluidas las deportivas.
ARTICULO CINCO - Subcomisión de Socios:
Esta Subcomisión deberá:
a) Analizar las Solicitudes de Ingreso de socios e informar de las mismas a la Comisión Directiva.
b) Controlar el cambio de Categoría cuando corresponda.
c) Las deliberaciones y despachos de esta Subcomisión deberán mantenerse en la más absoluta reserva.
d) Atender las actividades de reincorporación y renuncia de los socios. Se establece que todo renunciante deberá tener sus cuentas al día para ser aceptada y toda reincorporación de socio moroso deberá tener la aceptación de la Comisión Directiva.
e) Establecer las condiciones de socios transitorios, ausentes, etc.
f) Monitoreará la situación de socios morosos, debiendo notificar fehacientemente a los mismos de su actuación; contemplará situaciones especiales. Notificará a la Subcomisión que corresponda de la actuación del moroso y dispondrá si el socio pueda seguir como ACTIVO.
g) Monitoreará la situación de los socios residentes en el exterior y actuará de acuerdo a la situación particular de este tipo de asociado.
ARTICULO SEIS - Subcomisión de Hockey:
Esta Subcomisión tiene las mismas atribuciones y obligaciones que la Subcomisión de Rugby, interpretándose que las reglamentaciones y disposiciones corresponden a la entidad que regentea este deporte en el país.
ARTICULO SIETE - Subcomisión de Fútbol:
Hasta tanto esta actividad no sea una de las principales del Club, deberá adecuar sus actividades, especialmente en el uso de las canchas e instalaciones, a los intereses del deporte del rugby y hockey.
ARTICULO OCHO - Subcomisión de Golf:
Será la encargada de la organización de todo lo inherente a esta actividad. Deberá proponer a la Comisión Directiva un programa anual de sus actividades antes del 31 de Marzo de cada año, pudiendo agregar o cancelar durante el transcurso del año, eventos de este deporte.
ARTICULO NUEVE - Subcomisión de Yachting:
Ídem Artículo Ocho.
ARTICULO DIEZ - Subcomisión de Tenis:
Ídem Artículo Ocho.
ARTICULO ONCE - Subcomisión de Actividades Teatrales y Culturales:
Ídem Artículo Ocho.
ARTICULO DOCE - Subcomisión de Actividades Sociales:
Ídem Artículo Ocho.
Además coordinará las actividades que se programen con las distintas Subcomisiones. Es de responsabilidad particular de esta Subcomisión la organización de la tradicional Cena Anual.
ARTICULO TRECE - Subcomisión de Recaudación de Fondos:
El objetivo principal de esta Subcomisión es acercar fondos al Club, para encarar mejoras, desarrollo de actividades, compras de inmuebles, etc. Para el engrandecimiento y progreso del Club. Deberá coordinar sus sugerencias, metas e implementaciones con la Comisión directiva.
ARTICULO CATORCE - Subcomisión de Disciplina:
Serán de su incumbencia todos los casos de indisciplina que se presenten, pudiendo también tratar los casos de indisciplina manifiestos de toda índole, ya sean deportivos, sociales o todo hecho que afecten la imagen del Club. Deberá tratar los casos con la mayor discreción y premura, manteniendo permanentemente informada la Comisión Directiva. En el caso de inexistencia de dicha Subcomisión o falta de decisión en un plazo razonable, o casos de extrema gravedad, la Comisión directiva tomará las resoluciones pertinentes.
Sanciones Disciplinarias.
Todo socio a quien se considera responsable de infracción voluntaria a cualquier reglamento o disposición del Club, o cuya conducta se juzgue desordenada o perjudicial para los intereses del Club, o que atente contra la sana convivencia, podrá ser denunciada a la Subcomisión de Disciplina y a la Comisión Directiva por escrito. La Subcomisión de Disciplina examinará de inmediato el cargo o cargos efectuados y si a su criterio la acusación fuese fundada enviará al socio denunciado una nota ofreciendo la oportunidad de apelar el descargo pertinente en un plazo no superior a los 15 (quince) días a contar de la recepción de la misma. La Subcomisión, en su primera reunión posterior a la presentación de descargo; analizará los elementos aportados y en base a los mismos aplicará la sanción que corresponda. La decisión será por mayoría absoluta de miembros presente. En el caso que la Comisión directiva estime que la denuncia así lo merece podrán suspender al socio en infracción hasta que se tome una decisión definitiva al respecto. El socio infractor tendrá derecho a ser oído ante la Subcomisión de Disciplina o Comisión Directiva, según sea el caso.
ARTICULO QUINCE - Subcomisión Balance / Finanzas:
Será responsabilidad de esta Subcomisión el confección del Balance Anual y vigilar las finanzas del Club. Su presidente será su Tesorero.
ARTICULO DIECISEIS - Subcomisiones Especiales:
Será facultad de la Comisión Directiva nombrar dichas Subcomisiones para asuntos puntuales, disolviéndolos al cumplir su cometido o mantenerlas en actividad, a su exclusivo criterio.
ARTICULO DIECISIETE - Miembro Nato:
El presidente del club será MIEMBRO NATO de cada subcomisión.
ARTICULO DIECIOCHO - Cónyuges:
Los cónyuges de socios/as podrán hacer uso de las instalaciones, pero si practicaran un deporte deberán abonar la cuota Social/ Deportiva que corresponda.
ARTICULO DIECINUEVE - Colores Deportivos / Vestimenta del club:
RUGBY:
Camiseta: Azul con escudo del club
Pantalón: Blanco
Medias: Azules con guarda Blanca
HOCKEY:
Camiseta: Azul con escudo del club
Pollera: Azul
Medias: Azules con guarda Blanca
ARTICULO VEINTE - Interpretación del REGLAMENTO INTERNO, SU REFORMA:
Este reglamento es de aplicación en todos los casos con excepción a los que puedan interpretarse como contradictorios con los ESTATUTOS del Club, en cuyo caso estos últimos serán de aplicación. La Reforma o Ampliación de este Reglamento podrá ser efectuada por la Comisión Directiva, en cuyo caso exigirá el voto favorable de dos tercios (2/3) de los miembros de la Comisión Directiva en la reunión que trate dicho punto.
ARTICULO VEINTIUNO - Quejas y Reclamos:
Toda queja o reclamo, para su consideración, deberá ser dirigida, por escrito, al Secretario y en ningún caso en forma verbal ante los empleados o el Concesionario del club. Ello no implica que los asociados puedan dirigirse a los mismos solicitando información o aclaración sobre disposiciones o actuaciones que motiven su inquietud.
ARTICULO VEINTIDOS - Subcomisiones - Derogaciones / Ampliaciones:
Las Subcomisiones serán nombradas por la Comisión Directiva pudiendo el Presidente de cada Subcomisión proponer a la Comisión Directiva los integrantes de las mismas. La Comisión Directiva podrá, con el voto de dos tercios (2/3) de sus integrantes remover a cualquier integrante de cualquier Subcomisión. La Comisión Directiva queda facultada para nombrar la cantidad de Subcomisiones que estima conveniente y sus atribuciones y obligaciones se regirán, en general, con el presente REGLAMENTO INTERNO hasta tanto se fijen otras atribuciones y obligaciones que se incorporaren al presente REGLAMENTO INTERNO.
ARTICULO VEINTITRES - Superposición de Atribuciones y Obligaciones de Subcomisiones:
En los casos que existiera una superposición de obligaciones o atribuciones con otra Subcomisión estos deberán coordinar un acercamiento, teniendo en cuenta en todos los casos los intereses superiores del Club.
El presente REGLAMENTO INTERNO ha sido aprobado en sesión de la Comisión Directiva el día 12 de ABRIL DE 1993.
LA COMISION DIRECTIVA MAYO 1993 |